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Cobros diferenciados a turistas: ¿lo permite la ley en Colombia?

Actualizado: 26 ago

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En Colombia, cada vez es más común escuchar denuncias de turistas —nacionales o extranjeros— que terminan pagando más por el mismo servicio. Restaurantes, hoteles, transporte o actividades recreativas han sido cuestionados por establecer precios “especiales” para visitantes. Pero ¿es legal cobrarle más a un turista solo por ser turista? La respuesta general es NO.


Igualdad y no discriminación: La regla general

La Constitución colombiana establece que todas las personas deben recibir el mismo trato sin discriminación. Esto incluye tanto a nacionales como a extranjeros. Además, la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) obliga a que los precios sean claros, visibles y respetados para todos los clientes.

Cobrar un valor superior únicamente por la condición de turista puede considerarse discriminatorio, e incluso llegar a configurar una infracción penal bajo la Ley 1482 de 2011 (antidiscriminación). En otras palabras, ninguna empresa privada está facultada para crear un “tarifario paralelo” para visitantes.


Excepciones puntuales previstas en la ley

Aunque la regla es la igualdad de precios, existen algunas excepciones específicas que sí están autorizadas por normas especiales:

  • Parques Nacionales y áreas protegidas: se fijan tarifas diferenciadas entre residentes colombianos y visitantes extranjeros, con respaldo en resoluciones oficiales de Parques Nacionales.

  • Tarjeta de Turismo de San Andrés: contribución obligatoria para ingresar al archipiélago, establecida por norma especial y destinada a financiar servicios locales.

  • Contribuciones turísticas municipales (Ley 2068 de 2020): autorizan ciertos cobros en atractivos turísticos, pero siempre bajo límites legales y con destinación específica.

  • Beneficios tributarios a favor del turista: los extranjeros no pagan IVA en alojamiento y paquetes turísticos, lo que implica precios más bajos, no más altos.

Fuera de estas situaciones taxativamente previstas por la ley, cualquier recargo al turista es ilegal.


Riesgos legales para las empresas

Aplicar tarifas diferenciadas sin respaldo normativo expone a los negocios a ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). En los últimos años, esta entidad ha impuesto multas millonarias y cierres temporales a restaurantes, bares y comercios en aeropuertos y playas por cobros abusivos, publicidad engañosa o falta de información en precios.

Además, prácticas como inflar cuentas a turistas, cobrar servicios no solicitados, o facturar en dólares con conversiones arbitrarias han sido catalogadas como abusivas y engañosas. En escenarios graves, estas conductas incluso pueden configurar delitos como estafa o usura.


Buenas prácticas para las empresas de servicios

Más allá de evitar sanciones, actuar conforme a la ley refuerza la confianza del consumidor. Algunas recomendaciones clave para cualquier empresa de servicios (no solo del sector turístico) son:

  • Publicar siempre los precios de forma visible, en español y en otro idioma cuando el público lo requiera.

  • Respetar el precio informado, sin recargos ocultos ni variaciones según la nacionalidad o apariencia del cliente.

  • Ofrecer descuentos como promociones claras, nunca como sobrecostos encubiertos a ciertos grupos.

  • Capacitar al personal para evitar prácticas discriminatorias o sesgos en la atención.

Un cliente satisfecho genera reputación positiva y lealtad; un turista engañado, en cambio, puede ocasionar sanciones y dañar la imagen del negocio.


Conclusión

En Colombia, cobrar tarifas más altas a turistas no es legal salvo en casos expresamente autorizados por la ley antes mencionados. El principio rector es la igualdad de trato y la transparencia en la información de precios. Para las empresas de servicios, cumplir con estas reglas no solo es una obligación legal, sino una estrategia de reputación y sostenibilidad.

La prevención jurídica en materia de consumo es clave: lo que una empresa “gana” con un sobreprecio puede convertirse en una multa millonaria y en pérdida de confianza a largo plazo.

 
 
 

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